El juez del Tribunal Supremo de España, Pablo Llarena, decidió este lunes mantener en prisión preventiva al expresidente de la Generalitat de Cataluña, Oriol Junqueras; el que fuera conseller (secretario) de Interior Joaquim Forn; y a los exlíderes de las agrupaciones independentistas ANC y Omnium, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, respectivamente.

Según el auto emanado del tribunal, Llarena considera que no hay riesgo de fuga, pero sí de reiteración delictiva.

En contraste, Llarena dejó en libertad, previo pago de una fianza de 100.000 euros, para los exconsellers Raúl Romeva, Dolors Bassa, Carles Mundó, Josep Rull, Jordi Turull y Meritxell Borràs. Unos y otros siguen investigados en la causa por rebelión, sedición y malversación que instruye el Tribunal Supremo.

Una vez que los seis exconsellers depositen la fianza, el magistrado les impone comparecencias semanales en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña o en el juzgado o tribunal de su conveniencia, con la prohibición de abandonar el país y la retirada de pasaporte. El magistrado les advierte de que el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones impuestas conllevaría su inmediato reingreso en prisión.

Del auto dictado este lunes por el magistrado se desprende que ha pesado en la distinción que hace entre unos y otros el papel desempeñado por cada uno de ellos en el proceso independentista que derivó en la jornada del 1 de octubre. Más allá del acatamiento de la Constitución que formularon ante él el pasado viernes, el juez Llarena destaca la intervención de Junqueras, Forn y los ‘Jordis’ en una estrategia que define como “violenta” y que concreta en hechos como la protesta frente a la conselleria de Economia con motivo del registro del 29 de septiembre.

Por ejemplo, frente al argumento de Sánchez y Cuixart de que abanderaron una protesta pacífica, el magistrado afirmado que “modularon los actos de violencia que se desplegaron, facilitando finalmente la salida de la comisión judicial gracias al pleno dominio de lo acontenido”. “Unos hechos violentos -escribe el magistrado- a los que acudió el propio Oriol Junqueras i Vies y que se vieron propiciados porque las fuerzas encargadas del orden público -que estaban bajo responsabilidad de D. Joaquim Forn i Chiariello- favorecieran o no desplegaran ninguna actuación que pudiera ponérles término”.

En relación con el riesgo de fuga, Llarena lo descarta y considera que la situación de los exconsellers y de los lideres de ANC y Omnium es similar a la que apreció en el caso de los miembros de la Mesa del Parlament, en cuanto que su aportación al delito se situaría en principio “en un plano de principalidad equivalente” al que ofrecía el comportamiento de Carme Forcadell. El magistrado también ha valorado su profundo arraigo personal, laboral y social, así como disposición para atender los llamamientos judiciales que se les han cursado hasta ahora.

Sin embargo, respecto a la reiteración delictiva, el magistrado distingue entre la actuación de los miembros de la Mesa del Parlament, cuya aportación se limitó a desatender cuantas decisiones judiciales se habían dictado, y la actuación de los 10 querellados, en los que el juez aprecia un juicio razonable de riesgo de reiteración delictiva, por la “lesividad” que puede acompañar a la reiteración de sus aportaciones.

El juez individualiza las actuaciones de los querellados y, en el caso de Junqueras, Forn, Sanchez y Cuixart, entiende que “sus aportaciones están directamente vinculadas a una explosión violenta que, de reiterarse, no deja margen de corrección o de satisfacción a quienes se vean alcanzados por ella”. En ese sentido, recuerda varias actuaciones violentas como el “asedio” por decenas de miles de personas a una comisión judicial que registraba la Consellería catalana de Economía en Barcelona.

“El riesgo de reiteración de sus conductas -añade el magistrado- impone a este instructor un mayor grado de rigor y cautela, a la hora de conjugar el derecho a la libertad de los investigados y el derecho de la comunidad de poder desarrollar su actividad cotidiana en un contexto despojado de cualquier riesgo previsible de soportar comportamientos que lesionen de manera irreparable, no sólo su convivencia social o familiar, así como el libre desarrollo económico y laboral, sino la propia integridad física”.

En estos cuatro investigados, concluye Llarena, el riesgo de reiteración delictiva “refleja la probabilidad de que puedan reproducirse actos con graves, inmediatas e irreparables consecuencias para la comunidad”.

El peligro, según el juez, no desaparece con la formal afirmación de que abandonan su estrategia de actuación y con la determinación judicial de evaluar su situación personal si sus afirmaciones resultan mendaces, “sino que exige constatar que la posibilidad de nuevos ataques haya efectivamente desaparecido, o que paulatinamente se vaya confirmando que el cambio de voluntad es verdadero y real”.

Contra el auto de Llarena se puede interponer recurso de reforma y/o apelación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Los diez investigados habían declarado a petición propia el pasado viernes, una vez que el Tribunal Supremo había asumido la investigación por rebelión abierta por la Audiencia Nacional y en el marco de la cual la jueza Carmen Lamela había dictado su prisión provisional.

Una vez escuchada su declaración en el Tribunal Supremo, la Fiscalía solicitó al juez que no acordara la libertad provisional para ninguno de ellos. Alegaba que su supuesto acatamiento de la Cosntitución no era sincero. “En las expresiones referidas a la Constitución, como amplia y flexible no se ha podido inferir un atisbo de sometimiento a la legalidad vigente”, afirmó la Fiscalía General del Estado en un comunicado.

Vía El Diario, imagen: Wikicommons