En un matrimonio chileno la administración legal de los bienes corresponde a los hombres. Por ejemplo: si una mujer empieza a trabajar y se compra, por ejemplo, un auto y a la semana siguiente se casa. Cuando sale del Registro Civil su marido le puede decir, pásame las llaves de ese auto por que ahora lo administro yo. Así lo describe la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Isabel Plá.
Por eso, su gobierno puso el pie sobre el acelerador para aprobar en el Congreso un proyecto presentado en la presidencia anterior de Sebastián Piñera -en el 2011- para reformar la sociedad conyugal.
Esta sociedad -que más parece una empresa unipersonal- es una figura que viene del año 1855. Cuando pasaron 163 años sigue siendo prácticamente igual: cuando una pareja elige esta forma de matrimonio, los bienes adquiridos antes de casarse y los adquiridos durante la unión, forman parte de un patrimonio único. El tema es que en la administración de ese patrimonio, el hombre tiene la prioridad.
“En pleno siglo XXI, que todavía la legislación en Chile establezca un régimen tan retrógrado en materia de régimen patrimonial, de bienes en el matrimonio, es algo que cuesta muchísimo entender”, dijo Camila Maturana, abogada de Corporación Humanas, a Ahora Noticias.
El proyecto de ley que busca modificar esta priorización del pene “busca poner fin a una de las discriminaciones más simbólicas que nuestra legislación mantiene respecto de la desigualdad de derechos y deberes de hombres y mujeres y que es la posibilidad de las mujeres puedan administrar los bienes que están considerados dentro de la sociedad conyugal”, explicó la ministra Plá según relata El Mostrador.
Aunque parece simple, el tema es más profundo. Actualmente se puede elegir entre separación total de bienes, participación en ganancias y sociedad conyugal, siendo este último el régimen más usado. Más de la mitad de las parejas se casan bajo esta modalidad.
“Lo que pasa es que es el régimen que opera en silencio de las partes. Si nada dicen al casarse se entienden casados en sociedad conyugal. Es así, porque se supone que era una medida de protección a la mujer en el contexto histórico que se dictó la norma”, explicó Carlos Durán, abogado experto en familia, a El Mostrador.
“Por eso es tan relevante, que este régimen, el régimen supletorio, el que rige por defecto, sea un régimen estructurado en los pilares constitucionales y consagrados en los tratados internacionales que es la igualdad de derechos entre hombres y mujeres”, según la abogada Maturana.
Ella sabe de estos temas. La Corporación Humanas, que en el pasado se llamaba La Morada, representó a una mujer que hace diez años logró que el Estado de Chile se comprometiera a modificar la ley de sociedad conyugal tras una petición a la Comisión Interamericana de Derechos Humano (CIDH), alegando que la norma violaba su derecho de igualdad ante la ley y la discriminaba solo por ser mujer. Sonia Arce contrajo matrimonio en 1976 bajo el régimen de sociedad conyugal.
En ese momento no sabía que esa firma facultaba a su marido para administrar los bienes del matrimonio, incluyendo los de ella. Llevaba más de diez años separada de hecho, cuando quiso vender una propiedad heredada de sus padres: fue ahí cuando supo que para hacerlo necesitaba la firma de su marido y ella ni siquiera sabía dónde estaba.
La Corte la apoyó y el estado de Chile reconoció las violaciones cometidas y se comprometió a tomar medidas de reparación y de garantía de no repetición para que esa violación no ocurra de nuevo ni con la víctima ni con otras personas. Todo eso quedó plasmado en el acuerdo de solución amistosa que ambas partes firmaron. “Se trata de procurar, además, que la víctima vuelva a estar en la misma situación que antes de haber sido violada en sus derechos, pero como eso no siempre se puede, se suele reemplazar con una reparación de perjuicio que es dinero. En este caso, Sonia renunció a recibir cualquier indemnización para facilitar el proceso de negociación con el Estado de Chile y se pudiera lograr el cambio de la ley”, indicó Maturana a La Tercera.