El derecho al aborto en Colombia está mediado por la desgracia: su acceso legal está condicionado por las famosas tres causales (violación, riesgo de muerte, malformaciones). Esta semana la Corte Constitucional decidió que poner más barreras -como fijar plazos- no correspodía.
¿Qué fue lo que fijó la corte?
No hay plazo
La magistrada Cristina Pardo había presentado una moción para limitar el aborto, aún en las tres causales permitidas, después de la semana 24 de gestación. Su tesis es que después de ese plazo el feto ya es viable independientemente del cuerpo de la madre, por lo que a su juicio debía haber restricciones para acceder a un aborto en esa etapa gestacional.
Fue rechazada.
Apoyó decisión de jueza que protegió a mujer
Para estudiar este tema la Corte Constitucional revisó un caso de una mujer de 33 años a la que, a pesar de que su médico le recomendó el aborto por malformaciones del feto y por ser un riesgo para su vida y salud, su empresa privada de salud se negó a practicarle la interrupción del embarazo.
La mujer sólo pudo acceder a un aborto en la semana 26 cuando una juez tomó medidas cautelares a su favor y ordenó practicar el aborto de forma rápida, debido al avanzado estado del embarazo.
Los médicos deciden
El tribunal recordó que los médicos son los que avalan los casos en los que se está ante un embarazo que puede implicar un riesgo para la vida o la salud física y mental de las mujeres, y también los casos en los que las malformaciones del feto son incompatibles con la vida.
Barreras administrativas para el aborto legal son violencia contra la mujer
La Corte aseguró que pese a que desde hace 12 años se despenalizó el aborto en el país en tres casos, los hospitales y empresas de salud siguen incumpliendo su deber de garantizar este derecho para las mujeres que cumplen los requisitos.
Así, la Corte afirmó que hay por lo menos 46 barreras que las mujeres deben surtir para poder acceder a un aborto legal, demoras que terminan llevando a que muchas veces los abortos se hagan en estados avanzados del embarazo, o que se ponga en riesgo su vida.
Corte no reguló los plazos
No hay ningún plazo hasta el que se puede practicar el aborto legal en el país.
La Corte exhortó al Congreso para que regule el aborto en términos generales ya que no ha sacado ninguna norma, para que haya reglas claras sobre las interrupciones voluntarias del embarazo, incluso, reglas que impidan a que se sigan generando barreras administrativas.
No al aborto legal para todas
A pesar de que ante la Corte llegaron varios conceptos, y algunos pedían que se impusieran plazos para abortar, mientras que otros solicitaban que se permitiera el aborto legal sin ninguna restricción y en cualquier caso, hasta la semana 12, el alto tribunal no amplió ni limitó esta práctica.
Claves de la sentencia SU-095 de 2018. Caso de interrupción voluntaria del embarazo pic.twitter.com/WWSMEAeCUB
— Corte Constitucional (@CConstitucional) 18 de octubre de 2018