El acuerdo de paz entre el Estado colombiano y la guerrilla de las Farc ya tiene más de dos años y la desmovilización de la guerrilla más antigua de América ha reducido las estadísticas de muertos en un país donde la violencia es idiosincracia. A pesar de los avances en seguridad, el Gobierno encabezado por Iván Duque aun no aprueba el marco jurídico acordado con la guerrilla para someterse a la justicia.

Luego de pasar un mes a la espera de la firma del presidente del Senado, Ernesto Macías, y de que la Cámara de Representante la revisara para poder firmarla y encontrara que habían algunas frases que se habrían omitido, tergiversando lo acordado en el Parlamento, la ley estatutaria de la Justicia Especial para la Paz llegó a la Presidencia de la República, pero algunos en el país ya hablan de la posibilidad de objetarla.

Lo hizo la ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez, señalando que se puede objetar según la Constitución, pese al visto bueno de la Corte Constitucional. Algo amparado en una sentencia de la corte que sentó jurisprudencia en base a que el presidente Presidente, una vez efectuado el examen de constitucionalidad, pueda objetar por ‘inconveniencia’ este tipo de proyectos de ley.

La inconveniencia o no, es lo que tiene que estar en la lupa de la opinión pública, porque los argumentos que esgrima el presidente al momento de hacer el análisis no pueden estar asociados a la constitucionalidad de la ley porque ya está blindado por la Corte.

¿Y si Duque dice que no?

Si el presidente Iván Duque finalmente objeta el proyecto de ley, lo que pasará es que regresa al Congreso de la República para volver a ser discutido. En ese proceso puede pasar toda una legislatura y es lo que es verdaderamente grave y coincidiría con el cierre de un año electoral.

El artículo 199 del funcionamiento del Congreso dice que si la objeción presidencia es por inconveniencia, pero “las Cámaras insistieren, aprobándolo por mayoría absoluta, el presidente sancionará el proyecto sin poder presentar nuevas objeciones”.

El artículo 201 dice que si el presidente se niega a firmarla “según las condiciones que la Constitución establece, las sancionará y promulgará el presidente del Congreso”.

Pero, el artículo 200 dice que si llegan a haber discrepancias entre las Cámaras, se archiva: “Cuando una Cámara hubiere declarado infundadas las objeciones presentadas por el Gobierno a un proyecto de ley, y la otra las encontrare fundadas, se archivará el proyecto”.

No les interesa

Sin embargo, para nadie es un secreto que el gobierno de Duque, apadrinado por Álvaro Uribe, no está interesado en que esta ley vea la luz. Su principal bandera de campaña fue la guerra y establecer un marco de justicia para la paz va en contra de su filosofía.

Tanto el gobierno nacional, como el partido de gobierno,han hecho un saboteo al funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz y al funcionamiento general de la Justicia Transicional.

Por ahora, los únicos beneficiados con que la JEP no funcione es la gente que tuvo que ver en el conflicto armado y que no quieren que se sepa la verdad.

Las consecuencias son gravísimas. Van desde el repliegue de muchas disidencias de las FARC: hay muchos miembros de las FARC que aún están en los territorios y se acogieron a este proceso y que hoy están esperando que esto arranque para saber si se quedan o si se repliegan y se vuelven a armar.