La Corte Constitucional de Colombia emitió un fallo en el que ratificó que las corridas de toros y peleas de gallo no pueden ser sancionadas como prácticas de maltrato animal si se practican como parte de una tradición cultural arraigada.

Lo demandantes entre ellos grupos ambientalistas y de protección animal argumentaron en la audiencia que los toros son animales “sintientes” y que pese a que no tienen capacidad de razonamiento sí pueden sentir dolor y como seres vivientes deben ser amparados por el Estado.

El fallo de la Corte sí los reconoce como seres sintientes pero establece que está a discreción de un juez local decidir si las prácticas como corridas de toros o peleas de gallos pueden ser consideradas como “maltrato animal” en localidades donde son eventos culturalmente fuertes.

En febrero, la Corte Constitucional de Colombia declaró inconstitucional las normas que autorizan la caza deportiva.

Colombia hace parte de la limitada lista de ocho países del mundo donde son legales las corridas de toros.

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