La Suprema Corte de Justicia de México invalidó la ley que permite la objeción de conciencia médica para realizar abortos, con el apoyo 8 de los 11 ministros de la Cámara. El tribunal consideró que la normativa pone en riesgo el derecho de las mujeres a la interrupción del embarazo. Su decisión llega dos semanas después del histórico fallo que declaró inconstitucional la penalización del aborto.
Después de una acalorada discusión, que se extendió durante horas, ocho de los 11 ministros del pleno de la SCJN votaron por invalidar la normativa dentro de la Ley General de Salud, debido a que la legislación no establecía parámetros claros sobre cómo ejercer este derecho y cómo podría atentar contra el derecho de las mujeres a abortar.
Según la objeción de conciencia, el personal sanitario puede negarse a participar en procedimientos médicos por razones ideológicas, religiosas o éticas. Y, a pesar de que la máxima autoridad judicial reconoció este derecho como constitucional, instó al Poder Legislativo federal y a los congresos locales a que aclaren este concepto y sus límites.
Para ello, el martes los ministros volverán a abordar el tema y establecerán exactamente qué lineamientos deben incluir los legisladores federales, definirán los plazos y enviarán su resolución al Congreso nacional para la enmienda.
Inválido el precepto de la Ley General de Salud que preveía la objeción de conciencia del personal médico y de enfermería; no se establecían las salvaguardas necesarias para garantizar los #DDHH de otras personas, en especial el derecho a la salud
🔗 https://t.co/lQVw5mnaSO pic.twitter.com/X9Ut42V8jk— Suprema Corte (@SCJN) September 20, 2021
Norma Piña, una de las ministras que votaron por invalidar el derecho, advirtió que la legislación no solo ponía en riesgo a las mujeres que abortan, sino a quienes buscaban vacunas o anticonceptivos, personas trans o pacientes con VIH.
La explicación final corrió por la mano del magistrado Luis María Aguilar Morales, que expuso que si bien la Cámara reconocía los derechos de libertad religiosa y conciencia, estos no se podían sobreponer sobre los derechos humanos de otras personas, en este caso de las mujeres gestantes. Es decir, si bien legítima, la objeción no es absoluta.
La pugna por el derecho a la objeción de conciencia médica
El tema ha estado en el foco de la Justicia mexicana los últimos días. De hecho, la SCJN reconoció como constitucional el derecho a la objeción de conciencia médica hace una semana, pero de forma individual y solo si el Estado garantizara la salud de los pacientes.
Por eso, el organismo respaldó la impugnación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra el artículo de la Ley General de Salud que regulaba este derecho.
El presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, remarcó durante el pleno de este 20 de septiembre que la objeción era utilizada en muchos casos por médicos y enfermeros para no practicar abortos simplemente por cuestiones ideológicas.
“Reconocer la validez de este precepto en la forma amplia como está en la ley, establecer una objeción de conciencia que no tiene más límites que los casos de urgencia y riesgo de la vida es dar un cheque en blanco para que se nieguen los servicios de salud, particularmente tratándose del aborto, en contravención de otros derechos humanos que la Constitución reconoce”, sostuvo Zaldívar durante su intervención.
El presidente de la Corte Suprema también indicó este lunes ante medios nacionales que “todos los grupos que se oponen al derecho de las mujeres” a abortar han estado presionando para que el tribunal reconociera el derecho de objeción de consciencia “de forma ilimitada”, aseguró.
Hoy la #SCJN da plena efectividad al derecho a la interrupción del embarazo. La ley debe establecer las condiciones y modalidades para que la objeción de conciencia no interfiera con los deberes de disponibilidad en materia de salud, en especial con los DDHH de las mujeres. pic.twitter.com/4QgIki5CRA
— Arturo Zaldívar (@ArturoZaldivarL) September 20, 2021
Todas estas discusiones llegan dos semanas después de un fallo histórico de la Suprema Corte, cuando declaró inconstitucional la penalización del aborto con cárcel o las acciones legales contra las mujeres que lo lleven a cabo y el personal médico que las ayude. La sentencia significó una victoria para la lucha del colectivo feminista por la libertad de decisión y en defensa de los derechos sexuales y reproductivos.
En México cada año se practican cerca de un millón de abortos clandestinos y un tercio de ellos acaban en complicaciones médicas. Además, la tasa de hospitalizaciones de mujeres entre 15 y 19 años está disparada en relación al aborto. Algo por lo que, hasta ahora, podían exponerse a penas de hasta seis años de cárcel.
Muchas veces las mujeres son denunciadas por el propio personal sanitario por el que son tratadas. Algo que acentúa la polarización de la sociedad mexicana respecto al aborto, entre aquellos que están a favor de los derechos de las mujeres y la corriente más conservadora que considera que debería ilegalizarse.
La mayoría de las acusadas suelen ser mujeres pobres. Muchas han vivido experiencias como la de Diana Guzmán, encarcelada durante cuatro meses por perder un bebé tras un aborto natural. “Muchas veces a una le pasa lo que me pasó a mí. Eres la víctima, no tienes la culpa de que se salga el bebé”, apuntaba la joven de 29 años a el periódico ‘El País’ en una entrevista.